APRUEBA INE DISTRIBUCIÓN DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA 2022

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la distribución del financiamiento público federal para el ejercicio 2022 para los siete partidos políticos nacionales con registro, a partir del importe total de $5,821,851,704 que se asigna a partir de la fórmula establecida en la Constitución.

La distribución quedaría de la siguiente forma:

Rubro de financiamiento públicoMonto de financiamiento público, 2022
Sostenimiento de actividades ordinarias permanentes$5,543,960,204
Actividades específicas$166,318,806
Franquicia postal$110,879,204
Franquicia telegráfica$693,490
Total$5,821,851,704

El financiamiento que corresponde a cada partido político es el siguiente:

    Partido PolíticoRubro de financiamiento públicoMonto a destinar para el liderazgo político de las mujeres
  Actividades Ordinarias  Actividades Específicas  Franquicia Postal  Franquicia Telegráfica
Partido Acción Nacional$1,028,601,585$30,858,047$15,839,886$99,070$30,858,047
Partido Revolucionario Institucional$1,007,866,142$30,235,984$15,839,886$99,070$30,235,984
Partido de la Revolución Democrática$396,337,493$11,890,125$15,839,886$99,070$11,890,125
Partido del Trabajo$378,804,127$11,364,124$15,839,886$99,070$11,364,124
Partido Verde Ecologista de México$474,031,233$14,220,937$15,839,886$99,070$14,220,937
Movimiento Ciudadano$542,122,562$16,263,677$15,839,886$99,070$16,263,677
Morena$1,716,197,062$51,485,912$15,839,886$99,070$51,485,912
Total$5,543,960,204$166,318,806$110,879,202$693,490$166,318,806

Con base en la Constitución y en la Ley General de los Partidos Políticos, el monto total para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes será de 5 mil 543 millones 960 mil 204 pesos,el cual se distribuirá en un 70%, equivalente a 3 mil 880 millones 772 mil 146 pesos, según el porcentaje de votación nacional emitida, obtenido en la elección de diputados por el principio de Mayoría Relativa y el otro 30% de forma igualitaria.

Mientras que lo que respecta a actividades específicas, relativas a la educación y capacitación política, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales, equivaldrá al 3% del monto total anual del financiamiento público que corresponda en el mismo año por actividades ordinarias permanentes. Con base en el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos, éstos deberán destinar anualmente el 3% del financiamiento público para

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