PROPONE JAVIER CALZADA RESERVA PARA AHORRO DE AGUA EN EL ESTADO

Fue admitida la reserva que presentó Javier Calzada diputado local por el distrito II de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado, en torno a las disposiciones aplicables al Código Urbano relacionadas con la expedición de constancias municipales de compatibilidad urbanística, aplicables para que todas las proyecciones de construcción en el Estado presenten el uso de sanitarios y mingitorios ecológicos.

Javier Calzada aseguró que dicha reserva pretende evitar la  indebida utilización del agua, para generar así condiciones de sustentabilidad urbana, al señalar que serán los ayuntamientos las instancias que ordenarán y verificarán que a más tardar en un año a partir de la publicación del presente Código, todos los edificios públicos acaten la disposición”.

Durante la clausura de los trabajos del primer periodo sesiones, el diputado promovente de la reserva, detalló que serán las escuelas, hospitales, edificios municipales, y cualquier otro, independientemente que sirva al gobierno federal, estatal o municipal así como los que se destinen a atención al público, como hoteles, terminales de camiones, restaurantes, cines, bares, centros de distracción y cualquier otro que preste servicio al público, en sus instalaciones de baños y sanitarios deberá sustituir los mingitorios ordinarios con alimentación de agua, por mingitorios de uso ecológico.

Indicó que debido a los problemas de abastos de agua en la entidad, con dicha disposición se permitirá el ahorro de al menos el 50 por ciento en el consumo hídrico en las instalaciones sanitarias, por lo que deberán de sustituirse en el mismo plazo las tazas sanitarias que utilicen más de seis litros en su depósito por tazas que utilicen seis o menos litros en su funcionamiento por descarga, a fin de ahorrar el mayor volumen de descargas por litro al año.

De entre las sanciones a dicha reglamentación, Javier Calzada señaló que se podrá  imponer multas hasta por Cinco Unidades de Medida y Actualización (UMAs), de la autoridad responsable o del particular incumplido con esta determinación, por cada verificación mensual que se realice, hasta que se cumpla debidamente, en los términos y ordenamientos del Código  Territorial y Urbano para el Estado de Zacatecas y sus Municipios, contenido en el Dictamen emitido por la Comisión de Obras y Desarrollo Urbano.

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